¿Cabe la posibilidad de acudir a un procedimiento penal para defender mis derechos de autor?
Efectivamente, cabe la posibilidad de acudir a la jurisdicción penal, ya que las infracciones de los derechos de propiedad intelectual pueden ser considerados como delitos, y de ese modo el artículo 270 del Código Penal señala que será castigado con la pena de prisión de seis meses a cuatro años y multa de 12 a 24 meses el que con ánimo de obtener un beneficio económico directo o indirecto y en perjuicio de tercero reproduzca, plagie, distribuya, comunique públicamente, o de cualquier otro modo explote económicamente, en todo o en parte, una obra o prestación literaria, artística o científica o su transformación, interpretación fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada a través de cualquier medio sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios. Además, el artículo 271 del Código Penal establece una serie de tipos con penas superiores por su especial gravedad, que pueden llegar hasta los seis años de prisión. En el caso de ejercitar la acción penal también llevará aparejada las indemnizaciones civiles que señala la Ley de Propiedad Intelectual.
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