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¿He de conservar el contrato de edición firmado?


Parece una cosa muy obvia, pero en muchas ocasiones cuando lo necesitamos no disponemos de los contratos de edición originales firmados. Esto suele suceder porque cada vez es más difícil que un autor y un editor firmen un contrato de edición en una unidad de acto y normalmente los editores mandan el contrato sin firmar al autor quien firma sus dos ejemplares, los devuelve al editor, y luego el editor se los tiene (en teoría) que devolver firmados. Pero la realidad es que dentro de todo este proceso muchas veces el contrato se pierde y luego al cabo del tiempo el autor no dispone del mismo, y queda muy mal pedírselo otra vez al editor. Por eso, dentro de las obligaciones de todo autor, convendría señalar la de disponer respecto de cada obra de una carpeta en la cual se incluyeran todos los documentos importantes, tales como el contrato original firmado por el autor y el editor, así como las liquidaciones y estados de cuentas anuales.

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