Ley del sector de hidrocarburos
- Título:
- Ley del sector de hidrocarburos
- Categoría:
- Hidrocarburos - Petróleo
- Tema:
- General
- Legislación o normativa:
- Ley 34/1998, de 7 de octubre
- Órgano emisor:
- Jefatura del Estado
- Publicación en el BOE:
- 08/10/1998
- Fecha de aplicación:
- 09/10/1998
- Objetivos:
- Regular el régimen jurídico de las actividades relativas a los hidrocarburos líquidos y gaseosos.
- Normativa relacionada:
- Ley 12/2007, de 2 de julio. Ley 8/2015, de 21 de mayo. Corrección de errores de la Ley 34/1998, de 7 de octubre
- Modificaciones:
- SE MODIFICA: determinados preceptos, por Real Decreto-ley 1/2019, de 11 de enero (Ref. BOE-A-2019-315). los arts. 81.2, 85, 110 y 116.3.b), por Real Decreto-Ley 15/2018, de 5 de octubre (Ref. BOE-A-2018-13593). SE DICTA DE CONFORMIDAD, y adopta medidas para el fomento de la utilización de los biocarburantes y otros combustibles renovables: Real Decreto 1085/2015, de 4 de diciembre (Ref. BOE-A-2015-13208). SE MODIFICA y SE AÑADE determinados preceptos, por Ley 8/2015, de 21 de mayo (Ref. BOE-A-2015-5633). SE DEROGA la disposición transitoria 4, SE MODIFICA los arts. 9, 47, 63 y 63 bis y SE AÑADE la disposición adicional 33, por Ley 18/2014, de 15 de octubre (Ref. BOE-A-2014-10517). SE DICTA DE CONFORMIDAD y se adoptan medidas en relación con el sistema gasista y centrales nucleares: Real Decreto-ley 13/2014, de 3 de octubre (Ref. BOE-A-2014-10059). SE DEROGA: la disposición transitoria 4, SE MODIFICA los arts. 9, 47, 63 y 63 bis y SE AÑADE la disposición adicional 33, por Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio (Ref. BOE-A-2014-7064). el art. 83 bis, por Ley 24/2013, de 26 de diciembre (Ref. BOE-A-2013-13645). SE MODIFICA: los arts. 50 a 52 y 110, por Real Decreto-ley 15/2013, de 13 de diciembre (Ref. BOE-A-2013-13035). el art. 9, por Ley 17/2013, de 29 de octubre (Ref. BOE-A-2013-11332). los arts. 41.1, 43.2 y 3, 109.1 y se añade el art. 43 bis, por Ley 11/2013, de 26 de julio (Ref. BOE-A-2013-8187). SE DEROGA las disposiciones adicionales 11, excepto el apartado 6, y 12, y se modifica el art. 116.4, por Ley 3/2013, de 4 de junio (Ref. BOE-A-2013-5940). SE MODIFICA los arts. 41.1, 43.2, 109.1 y se añade el art. 43.bis, por Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero (Ref. BOE-A-2013-2030). SE DECLARA en el Recurso 2586/2008, la DESESTIMACIÓN en relación con el art. 3.2.b) en la redacción dada por la Ley 12/2007, de 2 de julio, por Sentencia 8/2013, de 17 de enero (Ref. BOE-A-2013-1515). SE DEROGA los párrafos e) e i) del artículo 49.2, se modifican determinados preceptos y se añaden los arts. 57 bis, 63 bis, 63 ter, 63 quater, nuevo 71 y las disposiciones adicional 32 y transitoria 24, por Real Decreto-ley 13/2012, de 30 de marzo (Ref. BOE-A-2012-4442). SE MODIFICA: la disposición adicional 20 y se añade la disposiciones adicional 31 y transitoria 23 , por Ley 12/2011, de 27 de mayo (Ref. BOE-A-2011-9279). disposición adicional 11 y se añade la disposición transitoria 22, por Ley 2/2011, de 4 de marzo (Ref. BOE-A-2011-4117). SE DICTA DE CONFORMIDAD: la disposición adicional 16, fijando los objetivos obligatorios de biocarburantes para 2011, 2012 y 2013: Real Decreto 1738/2010, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-2010-19762). con el art. 82, regulando la puesta en marcha del sumistro de último recurso en el sector del gas natural: Real Decreto 104/2010, de 5 de febrero (Ref. BOE-A-2010-3098). SE DEROGA la letra e) del art. 3.2 y SE MODIFICA los arts. 42, 45, 46, 46 bis, 50, 61.3, 67, 68, 73, 74, 80, 81.2, 82, 83, 98, 109 y SE SUPRIME el 48 y el 71, por Ley 25/2009, de 22 de diciembre (Ref. BOE-A-2009-20725). SE DICTA DE CONFORMIDAD con el art. 83.bis, regulando la Oficina de cambios de Suministrador: Real Decreto 1011/2009, de 19 de junio (Ref. BOE-A-2009-10220). SE MODIFICA: el art. 67.1, por Real Decreto-ley 6/2009, de 30 de abril (Ref. BOE-A-2009-7581). la disposición adicional 11.3.1, por Real Decreto-ley 1/2009, de 23 de febrero (Ref. BOE-A-2009-3022). SE DICTA DE CONFORMIDAD: el art. 3, sobre emisión de información para el mercado minorista español de gas natural: Circular 5/2008, de 22 de diciembre (Ref. BOE-A-2009-2437). con el art. 82, regulando la puesta en marcha del sumistro de último recurso en el sector del gas natural: Real Decreto 1068/2007, de 27 de julio (Ref. BOE-A-2007-14486). SE MODIFICA determinados preceptos , se añaden los arts. 24 bis, 29 bis, 44 bis, 46 bis y 83 bis, las disposiciones adicionales 27 a 30, transitorias 19 a 21, se suprime la disposición adicional 24 y se TRANSPONE parcialmente la Directiva 2003/55, por Ley 12/2007, de 2 de julio (Ref. BOE-A-2007-12869). SE DICTA DE CONFORMIDAD, aprobando el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos: Real Decreto 919/2006, de 28 de julio (Ref. BOE-A-2006-15345). SE AÑADE las disposiciones adicionales 25 y 26 y una transitoria 18, por Real Decreto-ley 7/2006, de 23 de junio (Ref. BOE-A-2006-11285). SE MODIFICA: la disposición adicional 11, por Real Decreto-ley 4/2006, de 24 de febrero (Ref. BOE-A-2006-3436). los arts. 4, 82, 83, 93, 94 y las disposiciones adicionales 11, 12 y 15, por Ley 24/2005, de 18 de noviembre (Ref. BOE-A-2005-19005). SE DEROGA las disposiciones transitorias 5 y 15, se modifica el art. 44, 70, 73 y se añade una disposición adicional 23 y 24, por Real Decreto-ley 5/2005, de 11 de marzo (Ref. BOE-A-2005-4172). SE DICTA DE CONFORMIDAD con el art. 50, sobre mantenimiento de existencias mínimas de seguridad y diversificación de abastecimiento de gas natural : Real Decreto 1716/2004, de 23 de julio de 2004 (Ref. BOE-A-2004-15457). SE MODIFICA los arts. 32, 64 y las disposiciones adicionales 11 y 20 y SE AÑADE las disposiciones final 3 y adicionales 21 y 22, por Ley 62/2003, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-2003-23936). SE DEROGA en la forma indicada el art. 5.2, por Ley 13/2003, de 23 de mayo (Ref. BOE-A-2003-10463). SE DICTA DE CONFORMIDAD, regulando las actividades de gas natural: Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-2002-25421). SE MODIFICA: el art. 52 y la disposición transitoria 5, por Ley 53/2002, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-2002-25412). el art. 4 y las disposiciones adicionales 11 y 12 y SE AÑADE la transitoria 17, por la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-2001-24965). SE ACTUALIZA: sobre conversión a euros de las cuantías indicadas: Resolución de 20 de diciembre de 2001 (Ref. BOE-A-2001-24827). sobre conversión a euros de las cuantías indicadas: Resolución 2/2001, de 22 de octubre (Ref. BOE-A-2001-21036). sobre conversión a euros de las cuantías indicadas: Resolución de 28 de septiembre de 2001 (Ref. BOE-A-2001-18591). SE DICTA DE CONFORMIDAD: con la disposición final 2, regulando el acceso de terceros a las instalaciones gasistas y se establece un sistema económico integrado en el sector del gas natural: Real Decreto 949/2001, de 3 de agosto (Ref. BOE-A-2001-17027). con la disposición transitoria 16, sobre aplicación del gas natural procedente del contrato de Argelia: Orden de 29 de junio de 2001 (Ref. BOE-A-2001-13055). con los arts. 4, 5 y 64, sobre el procedimiento para las propuestas de desarrollo de la red de transporte de gas natural: Orden de 1 de junio de 2001 (Ref. BOE-A-2001-11798). SE MODIFICA: la disposición adicional 15, por Real Decreto-ley 10/2000, de 6 de octubre (Ref. BOE-A-2000-18137). por Real Decreto-ley 6/2000, de 23 de junio (Ref. BOE-A-2000-11836). la disposición adicional 11, por Ley 55/1999, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-1999-24786). SE DICTA DE CONFORMIDAD con la disposición adicional 11, aprobando el Reglamento de la Comisión Nacional de Energía: Real Decreto 1339/1999, de 31 de julio (Ref. BOE-A-1999-18000). SE MODIFICA las disposiciones transitorias 5 y 15, por Real Decreto-ley 6/1999, de 16 de abril (Ref. BOE-A-1999-8577). CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 29, de 3 de febrero de 1999 (Ref. BOE-A-1999-2635). SE MODIFICA los arts. 21, 27, 93 y la disposición transitoria 5 , por Ley 50/1998, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-1998-30155).
- Nombre del archivo:
- L_34_1998_7_Octubre
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